derecho al olvido

Desde la aparición del Internet como un medio de comunicación a inicios de los 2000, son pocas las personas con una vida totalmente libre de perfiles sociales o sin una huella digital bien marcada. Pero ¿Qué pasa si después de ese punto cumbre ya no puedo volver al Internet por causa de un accidente o desgracia? Por motivos como este fue que comenzaron a implementarse conceptos como el derecho al olvido, los legados y testamentos digitales.

Esta temática hace referencia al derecho al olvido que tienen los fallecidos y consecuentemente su muerte digital. Este es un concepto relativamente nuevo y, por lo tanto, para el cual no se tienen preparativos. Por ejemplo, para el año 2012 aproximadamente 30 millones de perfiles de la red social Facebook pertenecían a personas fallecidas. El desconocimiento llega a un extremo donde se puede llegar al punto que el círculo de contactos de la persona ni siquiera está informada de su fallecimiento.

Tu información digital ¿de verdad te pertenece?

En una respuesta simple: no. Si lees con atención los términos y condiciones antes de crear cualquier perfil digital notarás algo. La declaración de que cualquier contenido que compartas en su portal estará bajo el control autoritario de la empresa. La gran mayoría de términos y condiciones de plataformas digitales expresan el relevo de la propiedad intelectual para la compañía de cualquier información que publiques. Por lo tanto, esa red social tiene completa autorización para la venta de tus datos públicos a un tercero con fines publicitarios o informativos.

Como consecuencia, la ejecución de tu propia muerte digital y aplicar tu derecho al olvido tampoco está totalmente bajo tu jurisdicción. Podemos llevar a cabo el proceso de la baja de toda información online bajo diversas leyes digitales, pero este proceso no termina de convertirse en un derecho establecido e innegable para todos los internautas. Por dicha razón, antes de crear un perfil social debes pensar dos veces si estás dispuesto a que la empresa maneje a su disposición la información que le presentas, ya que existen plataformas digitales dispuestas a suministrar tu identidad digital a terceros incluso después de tu fallecimiento.

Paralelamente, al aceptar la política de privacidad previo a utilizar un servicio online estas cediendo los datos que se recopilan al emplearlo, el uso que haces de ellos, el contenido que otras personas conectadas a ti intercambian en ese entorno y tus interacciones con ellos. Tus últimas compras y transacciones por medio de e-commerce, actividades que realizas entre dispositivos electrónicos, ubicaciones geográficas y contenidos con los cuales participas activamente en otras plataformas, toda esta información es recabada y manejada por cualquier red social a la que te unas.

La muerte digital incluso no podrá borrar todas las huellas

En todo paso que damos en el Internet, vamos dejado huellas digitales con información completa sobre nosotros y nuestras actividades. Este trayecto construye lo que se conoce como la identidad digital, una que no será borrada automáticamente con nuestro fallecimiento en la vida real.

Cabe destacar a continuación que dentro del ciberespacio contamos con leyes y derechos únicos para ese entorno regulados en la LOPDGDD por el artículo 96. En un primer lugar tenemos el conocido: derecho al olvido. El derecho al olvido básicamente protege la privacidad, intimidad y reputación online de la persona, le permite al internauta optar por la supresión total de su información digital en servicios de redes sociales y servicios de la sociedad de información. En pocas palabras, se establece el derecho de toda persona para eliminar datos personales de Internet que resulten ser “inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos”.

No obstante, el derecho al olvido no puede ser aplicado individualmente. Paralelamente, debe haber mención del derecho al testamento digital. Este cuenta con un establecimiento de reglas manejadas sobre la herencia de los activos digitales de la persona fallecida gestionados por los prestadores de servicios de la sociedad de información, es decir, las redes sociales.

Derecho al olvido

¿Qué pasa con mis activos digitales?

Para muchas personas el tema de la muerte es tratado como tabú o de mal augurio, por lo que evitan relacionarse con cualquier cosa que porte su nombre. Se estima que más de un 80% de los internautas no se encuentran preparados para su muerte digital, comenta una encuesta realizada por el Digital Legacy Association. Asimismo, no se encuentran familiarizados con términos como “testamento digital” o “legado y memoria en redes sociales”.

Este no es un tema que deba estar envuelto de una naturaleza mórbida. Muchas personas aprecian que las redes sociales conmemorativas queden como un recuerdo o legado de la reputación online de ser querido en el Internet. El mayor desafío con el que nos encontramos es la desinformación que se tiene al respecto sobre las previsiones y preparativos que deben prepararse para ello.

Derecho al olvido y más recursos para manejar la última voluntad digital

Por ejemplo, contamos con recursos como el testamento digital. Este es un documento que consta de todos los activos digitales, como perfiles digitales, cuentas y contraseñas del interesado, y qué se harán con ellos. Se encuentra regulado actualmente por la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos digitales. Al igual que un testamento de vida, este documento debe estar formalizado por un notario.

Si bien hablamos de diferentes derechos y recursos para gestionar los contenidos o activos digitales del fallecido, la normativa que permite que esto sea autorizado es la Ley de las Voluntades Digitales. Publicada en 2017, es la primera norma jurídica de España donde se permite la regulación de modo especifico de lo concerniente a la gestión de información digital de un internauta ya fallecido que pierde su capacidad de obrar.

muerte digital

De igual forma existe la opción integrada en algunas plataformas digitales de nombrar a un encargado de la cuenta si el responsable no se encuentra en sus capacidades para administrarla y aplicar al derecho al olvido. Otros usuarios de Internet con intenciones maliciosas pueden buscar cuentas y perfiles inactivos en plataformas comunicativas para tomar riendas de la información abandonada y realizar fraude o robo de identidad con ellas, por inconvenientes como este es necesario ordenar cómo va a manejarse la huella digital del fallecido.

Maneras de prepararse para una muerte digital y aplicar al derecho al olvido

Al fallecer se desaparece del mundo real, pero no del mundo digital. Es más, no existe una política universal ni una guía de pasos a seguir para gestionar la muerte en las plataformas digitales. Cada red tiene su propio procedimiento y términos de servicio a la hora de desactivar una cuenta y aplicar tu derecho al olvido; es posible que requieras de un certificado de defunción para seguir adelante con este proceso.

El paso primordial para llevar a cabo al organizarte para tu muerte digital mediante el derecho al olvido es organizar tus activos digitales. Ya sea para tu vida familiar o en el ámbito profesional, es igual de importante preparar tu partida digital tanto para ti como para ellos durante este difícil periodo. Estructura tu vida digital, deja instrucciones claras y busca ayuda profesional si es necesario.

Paralelamente, muchas personas desean dejarles un obsequio a sus seres queridos después de su partida en lugar de aplicar al derecho al olvido de su información. Posterior a dejar en orden tu papeleo digital, es hora de preparar las despedidas. En muchas ocasiones de duelo, dejar un último mensaje a tus seres queridos puede darles consuelo. Existen muchas herramientas que te harán más cómoda esta experiencia, permitiéndote crear mensajes y programar mensajes que se envíen a futuro para parientes o amigos.

Igualmente, el usuario puede dejar un último mensaje en sus redes antes de partir y de igual forma tornas estos perfiles como conmemorativos. Las plataformas sociales de Facebook e Instagram te ofrecen esta opción si aún no quieres ver partir esa ventana.

Derecho al olvido: ¿Es la muerte digital un derecho o un privilegio para los internautas?

Enterradores digitales y su labor en el derecho al olvido

Actualmente un 53% de la población mundial esta conectada al Internet. Es decir, puede existir una huella digital tan amplia como la historia de la humanidad. Se hacen aproximaciones que para dentro de unos 60 años existirá un mayor número de usuarios fallecidos que activos en redes sociales como Facebook. Una vasta cantidad de información digital queda a la deriva en el Internet debido a la falta de conocimiento sobre el derecho al olvido.

A pesar proveer una explicación sobre la muerte digital, el derecho al olvido y el legado digital, siguen siendo temáticas difíciles de tratar y manejar. En momentos así existen personas que promueven un servicio de ayuda y relevo de tus responsabilidades para esta despedida: los enterradores digitales. Esos usuarios se encargarán de llevar a cabo tu voluntad y de proteger tus registros y activos digitales.

Una gran razón por la cual las personas no saben cómo manejar sus legados y memorias que dejan en el Internet es que la propia creación y desarrollo de este servicio es relativamente nuevo. Muchos usuarios eran de temprana edad cuando comenzaron a visitar la web. Así, desconocían de los peligros que acarrearía compartir información sin filtro en este entorno.

Los enterradores digitales son personas que están para aliviar tu carga, para borrar tu información del Internet o dejar un recuerdo conmemorativo para darle consuelo a tus seres queridos. Además, es un proceso sin complicaciones. Si deseas desaparecer del Internet después de tu muerte solo necesitas dejar a una persona autorizada por la notaría o bien un testamento digital, ejerce tu derecho al olvido.

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