En la fundación del derecho al olvido en 2014, nació paralelamente otra temática a considerar en estos casos: la libertad que posee el resto de los usuarios a acceder a información pública. El debate que continúa en desarrollo busca el equilibrio entre ambos derechos fundamentales, un punto medio entre salvaguardar la privacidad de todas las personas e informar al resto de la comunidad digital sobre temas de interés que los incluyan.
Uno de los principales anunciantes de esta contradicción fue Google, el principal involucrado en el juicio que dio inicio al derecho al olvido. A partir de este fallo, el referente informático comentó la imposibilidad de aceptar todas las peticiones de supresión de enlaces sin considerar la naturaleza de interés público de la información. Por este motivo, se establecieron ciertos criterios y limitaciones en el ejercicio de este derecho.
Sobre los derechos de protección de datos en internet
Los derechos fundamentales para la protección de datos de carácter personal en internet nacen de la misión de protección de la intimidad de los usuarios frente al riesgo de la recolección y uso indiscriminado de estos. Dentro del ámbito digital, los datos personales engloban cualquier tipo de información que referencie a la persona, como imágenes, numéricos, gráficos, acústicos, entre otros.
El impulso que ha recibido la rama de legalidades de protección de los datos personales se debe a la creciente preocupación por parte de ciudadanos sobre la propia pérdida de control de su información personal. Ya sea por la propia difusión de la información en publicaciones o formularios digitales y la vulnerabilidad que tienen los cibernautas ante ataques a la privacidad, se busca seguir una normativa con función preventiva y sancionadora que se adapte al cambiante ecosistema que es el internet.
Estos derechos ARCO se clasificaron como: de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas. El ejercicio de todos ellos es gratuito y el usuario puede realizarlo directamente o mediante un representante legal.
¿Qué es el derecho al olvido?
El derecho al olvido nace como una respuesta ante la poca supervisión y control de medios sobre la información posteriormente a ser publicada. En un juicio ante Tribunales en 2014, un ciudadano español expuso su caso: aún se visualizaba su nombre en una situación que se vio envuelto 10 años en el pasado y que para el momento ya se había resuelto. Lo que buscaba este ciudadano era que, partiendo de que la noticia se encontraba desactualizada, desapareciera de los resultados al buscar su nombre en Google.
El derecho a ser olvidados en el internet es una legislación digital. Este derecho nace de la capacidad ilimitada del internet de almacenar información, así como de la naturaleza universal que posee la información publicada en sus redes. Sin embargo, la negativa de estas dos características es la posibilidad latente de que la información se vea descontextualizada y malinterpretada. Toda esta información puede afectar los derechos de protección de datos, al honor, a la intimidad y demás.
Junto con el derecho al olvido existe el derecho a rectificación, una normativa la cual permite a los ciudadanos solicitar al medio la modificación de información falsa e inexacta sobre su persona. No obstante, este segundo derecho no cubre aquella información que ya no sea de interés público.
Por su parte, dentro de los derechos de protección de datos, el derecho al olvido puede ejercerse ante buscadores y editores de páginas web. De igual manera, es de aplicación válida cuando ambos nombre y apellido del interesado se encuentran enlazados a publicaciones con información personal y no se cuenta con un plazo específico para solicitarse. En relación con la libertad de expresión, si se cumplen los requerimientos establecidos tiene prevalencia sobre el beneficio económico y del interés del público.
¿Qué es el derecho a la información?
El derecho a la información es una legislación reconocida a nivel internacional que busca promover la transparencia de las instituciones públicas y fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones.
La Constitución Española, específicamente el artículo 20, es el que regula el derecho a la información, haciendo referencia a la libertad de expresión y el derecho a la información, dentro del Título I, De los derechos y deberes fundamentales.
El derecho consiste en la posibilidad para todos los ciudadanos de recibir información veraz por parte de los medios de comunicación. Protege la difusión de ideas por parte de un individuo o colectivo. Este derecho tiene limitaciones que deben ser conocidas por todos para evitar incurrir en delito. Por ejemplo, este derecho universal no respalda la difusión de mentiras, calumnias o difamación de ningún tipo.
Cabe acotar que el derecho a la información tiene sus distinciones de la libertad de expresión a pesar de que ambos se encuentren entrelazados. Mientras que el objetivo de la libertad de información son los hechos que se consideran noticiables, el de la libertad de expresión son las ideas, pensamientos, creencias, opiniones y juicios de valor.
De igual forma, el derecho a la información contiene tres tareas fundamentales para su ejercicio: buscar (asignado sujeto profesional como, el periodista), difundir (al sujeto empresario) y recibir (para el público en general). El derecho a la información en gran parte se realiza debido a la labor de los periodistas o responsables de comunicación.
Debido a sus limitaciones y las restricciones del derecho al olvido es que ambos derechos terminan colisionando en algunos casos. Por este motivo, los Tribunales establecieron que la resolución de la colisión entre la libertad de información y el derecho a la protección de datos personales exige una ponderación de los intereses en juego. Cada solicitud debe ser analizada en cuestión a la naturaleza detrás de la información publicada en el medio, por ejemplo si existe interés público o si la persona afectada pertenece o no a la vida pública.
El único punto medio entre el ejercicio de ambos derechos recae en el criterio del tiempo transcurrido desde la publicación de la información y el momento en que se hace la petición. A medida que una noticia es más antigua, su relevancia pública va decayendo y terminan careciendo de interés histórico.